miércoles, 27 de agosto de 2014

BELEM DO PARÁ TIENE DICTAMEN

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NOTIVIDA, Año XIV, Nº 942, 27 de agosto de 2014

Cámara de Diputados de la Nación

BELEM DO PARÁ TIENE DICTAMEN

El proyecto de la diputada Diana Conti (expediente 4907-D-14) que intenta otorgar jerarquía constitucional a Belem do Pará -Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer-, obtuvo el visto bueno de la Comisión de Familia que preside Felipe Solá y quedó listo para llegar al recinto (Vid Notivida Nº 941).

Como hemos advertido en muchas oportunidades, "violencia contra la mujer" o "violencia de género" es una herramienta de la "cultura de la muerte" para forzar la práctica del aborto. Baste como muestra el encabezado que tiene el "Protocolo de Atención Integral de los Abortos No Punibles" de la provincia de Buenos Aires: "BUENOS AIRES SALUD, sin violencia de género".

Convención para forzar el aborto

Recordemos que el gobierno de Kirchner nombró en el 2005 a la militante abortista Susana Chiarotti Boero, por entonces Coordinadora Regional de la organización feminista CLADEM, en el Comité de Seguimiento de la Convención.

Para Chiarotti, se ejerce violencia contra la mujer cuando "en un hospital se obstruye el acceso a un aborto no punible" (Página 12, 25/11/2009).

Sobre "Violencia contra la mujer" se pueden ver los Notivida Nº 172, 224, 274, 298, 306, 324, 325, 328, 329, 335, 344, 346, 350, 351, 424, 426, 434, 458, 479, 494, 497, 566, 568, 581, 582, 724, 755 y 941.

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NOTIVIDA, Año XIV, Nº 942, 27 de agosto de 2014

Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja

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martes, 19 de agosto de 2014

BELEM DO PARÁ: LA "CULTURA DE LA MUERTE" CIERRA EL CÍRCULO

NOTIVIDA, Año XIV, Nº 941, 19 de agosto de 2014

Cámara de Diputados de la Nación

BELEM DO PARÁ: LA "CULTURA DE LA MUERTE" CIERRA EL CÍRCULO

A instancias del kirchnerismo le otorgarían rango constitucional a la Convención de Belem do Pará. En ese marco internacional se violenta a la mujer cuando se restringe su "derecho al aborto".

Por Mónica del Río

El proyecto de la diputada Diana Conti (expediente 4907-D-14) que intenta otorgar jerarquía constitucional a Belem do Pará -Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer-, obtuvo el visto bueno de la comisión de Asuntos Constitucionales que la misma Conti preside. El expediente fue girado a la Comisión de Familia que encabeza Felipe Solá.

"Violencia contra la mujer" o "violencia de género" es una herramienta de la "cultura de la muerte" para imponer "derechos sexuales y reproductivos" y eso incluye el aborto. Esta interpretación ideologizada de la violencia se izaría ahora hasta la cúspide de la pirámide jurídica.

En todos los casos de aborto que llegaron últimamente a la justicia, la CONSAVIG (Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género, organismo creado en la órbita del Ministerio de Justicia de la Nación a partir de la reglamentación de la Ley de Violencia contra la mujer) afirmó que la negativa o dilación en la práctica del aborto implica "violencia contra la libertad reproductiva" de la gestante.

Tras el aborto practicado recientemente en la Ciudad de La Plata, la "Campaña por el Derecho al Aborto" emitió un comunicado en el que destaca: "Durante el acompañamiento, vivenciamos las distintas formas de violencia que padeció la mujer" al ser "instigada a continuar con el embarazo", describiendo a la ecografía que le realizaron como "tortura psicológica". Celebraron finalmente que el aborto se haya practicado en la Capital bonaerense y se comprometieron a "seguir construyendo una sociedad libre de toda violencia hacia las mujeres".

Sin lugar a dudas, si la Convención sobre Violencia contra la Mujer (Belem do Pará) alcanza rango constitucional fundarán en ella -y con más fuerza- sus reclamos.

Sobre "Violencia contra la mujer" se pueden ver los Notivida Nº 172, 224, 274, 298, 306, 324, 325, 328, 329, 335, 344, 346, 350, 351, 424, 426, 434, 458, 479, 494, 497, 566, 568, 581, 582, 724 y 755.

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lunes, 18 de agosto de 2014

Provincia de BsAs: ABORTEROS MÓVILES SORTEAN LAS OBJECIONES DE CONCIENCIA

NOTIVIDA, Año XIV, Nº 940, 18 de agosto de 2014

Provincia de Buenos Aires

ABORTEROS MÓVILES SORTEAN LAS OBJECIONES DE CONCIENCIA

Por Mónica del Río

El 26 de abril, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires publicó una gacetilla en el Portal de educación permanente en ginecología y obstetricia, con el título Ampliación de Derechos en Salud Sexual y Reproductiva, tras mencionar el "Protocolo de Atención Integral de los Abortos No Punibles" provincial,  agregaba: "Como puede verse la normativa es muy amplia y permisiva, pero a pesar de ello podemos observar en la practica diaria muchas barreras por parte de los profesionales que se escudan en la objeción de conciencia, siendo que muchas veces estas objeciones no son tales. La norma establece tiempos y responsabilidades para asegurar la intervención, pero a pesar de ello muchas veces la misma no se realiza. En la actualidad, luego de creado el Protocolo, el Ministerio de Salud está buscando una herramienta adecuada para regular la objeción de conciencia, ya que es inadmisible que todo un Servicio se decrete objetor, e inclusive el propio Jefe de ese Servicio".

Tras el anuncio hecho por el Ministro de Salud Bonaerense Alejandro Collia, el 4 de agosto ppdo., se coligió que unidades u hospitales móviles eran la "buscada  herramienta" que sortearía las objeciones de conciencia calificadas previamente como "barreras inadmisibles". Esta interpretación fue desmentida por el propio Gobernador Scioli, "pero la coordinadora del Programa de Salud Sexual y Procreación provincial, Marisa Matia, pretendiendo aclarar el punto, sin lograrlo, expresó: 'No se trata de hospitales móviles, sino de equipos de profesionales preparados para intervenir en casos controversiales'. La respuesta resultó insatisfactoria e insuficiente". (Editorial La Nación, 18/08/2014).

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En la reunión que el Ministro Collia mantuvo con organizaciones provida el 12 de agosto sólo remitió al aborto frustrado en abril en Moreno, obviando mencionar, por ejemplo, el que se perpetró en la Plata a fines de julio. En ese caso reciente la Dra. Adelaida Soria -Jefa del Servicio de Obstetricia del Hospital Interzonal San Martín- y su personal se declararon objetores de conciencia y el aborto lo practicó un médico proveniente de otro hospital (laplataya, 28/07/2014). Lo que abona la respuesta de Matia, arroja luz sobre la posición del Ministerio de Salud bonaerense y ratifica la postura que el movimiento provida sostuvo frente al Ministro: la solución no pasa por reemplazar los abortorios móviles por aborteros móviles sino por la derogación de la inmoral e inconstitucional Resolución 3146/2012 que Collia dictó (Vid Notivida Nº 939, 13/08/2014).

En tanto el Protocolo de Collia siga vigente, los directores de los hospitales bonaerenses deberán arbitrar los recursos para que el aborto se practique. Con móvil o sin móvil, le cabe a ellos la responsabilidad de responder "sin dilaciones" al requerimiento de la gestante. Disposición ministerial que garantiza el aborto y limita injustamente la carrera profesional de los médicos provida.

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Provincia de BsAs: ABORTEROS MÓVILES SORTEAN LAS OBJECIONES DE CONCIENCIA

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Provincia de Buenos Aires

ABORTEROS MÓVILES SORTEAN LAS OBJECIONES DE CONCIENCIA

Por Mónica del Río

El 26 de abril, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires publicó una gacetilla en el Portal de educación permanente en ginecología y obstetricia, con el título Ampliación de Derechos en Salud Sexual y Reproductiva, tras mencionar el "Protocolo de Atención Integral de los Abortos No Punibles" provincial,  agregaba: "Como puede verse la normativa es muy amplia y permisiva, pero a pesar de ello podemos observar en la practica diaria muchas barreras por parte de los profesionales que se escudan en la objeción de conciencia, siendo que muchas veces estas objeciones no son tales. La norma establece tiempos y responsabilidades para asegurar la intervención, pero a pesar de ello muchas veces la misma no se realiza. En la actualidad, luego de creado el Protocolo, el Ministerio de Salud está buscando una herramienta adecuada para regular la objeción de conciencia, ya que es inadmisible que todo un Servicio se decrete objetor, e inclusive el propio Jefe de ese Servicio".

Tras el anuncio hecho por el Ministro de Salud Bonaerense Alejandro Collia, el 4 de agosto ppdo., se coligió que unidades u hospitales móviles eran la "buscada  herramienta" que sortearía las objeciones de conciencia calificadas previamente como "barreras inadmisibles". Esta interpretación fue desmentida por el propio Gobernador Scioli, "pero la coordinadora del Programa de Salud Sexual y Procreación provincial, Marisa Matia, pretendiendo aclarar el punto, sin lograrlo, expresó: 'No se trata de hospitales móviles, sino de equipos de profesionales preparados para intervenir en casos controversiales'. La respuesta resultó insatisfactoria e insuficiente". (Editorial La Nación, 18/08/2014).

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En la reunión que el Ministro Collia mantuvo con organizaciones provida el 12 de agosto sólo remitió al aborto frustrado en abril en Moreno, obviando mencionar, por ejemplo, el que se perpetró en la Plata a fines de julio. En ese caso reciente la Dra. Adelaida Soria -Jefa del Servicio de Obstetricia del Hospital Interzonal San Martín- y su personal se declararon objetores de conciencia y el aborto lo practicó un médico proveniente de otro hospital (laplataya, 28/07/2014). Lo que abona la respuesta de Matia, arroja luz sobre la posición del Ministerio de Salud bonaerense y ratifica la postura que el movimiento provida sostuvo frente al Ministro: la solución no pasa por reemplazar los abortorios móviles por aborteros móviles sino por la derogación de la inmoral e inconstitucional Resolución 3146/2012 que Collia dictó (Vid Notivida Nº 939, 13/08/2014).

En tanto el Protocolo de Collia siga vigente, los directores de los hospitales bonaerenses deberán arbitrar los recursos para que el aborto se practique. Con móvil o sin móvil, le cabe a ellos la responsabilidad de responder "sin dilaciones" al requerimiento de la gestante. Disposición ministerial que garantiza el aborto y limita injustamente la carrera profesional de los médicos provida.

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miércoles, 13 de agosto de 2014

EL MINISTRO COLLIA SE REUNIÓ CON ORGANIZACIONES PROVIDA

NOTIVIDA, Año XIV, Nº 939, 13 de agosto de 2014

EL MINISTRO COLLIA SE REUNIÓ CON ORGANIZACIONES PROVIDA

El encuentro tuvo lugar ayer en la Casa de la Provincia de Buenos Aires a la que el Ministro de Salud Alejandro Collia, concurrió acompañado por el Director Provincial de Culto Enrique Moltoni.

Collia, que comenzó diciendo que es católico y está en contra del aborto, desmintió la creación de hospitales móviles para abortar.

La mejor prueba de nuestra postura la tienen en el caso de Moreno, repetía Collia, "nosotros no lo matamos, lo mataron en la Ciudad de Buenos Aires".

Tras esa breve exposición inicial, referentes del movimiento provida le plantearon al Ministro de Salud provincial que el problema no radica en los móviles, que hubieran sido sólo un agravante de la situación, sino en la Resolución 3146/2012 que dictó, implementando el "Protocolo de Atención Integral de los Abortos No Punibles".

Collia replicó que él debía cumplir con el Fallo de la CSJN, se le explicó fundadamente que tanto el Protocolo bonaerense como el inicuo pronunciamiento de la Corte (que no obliga al Gobierno provincial) son inconstitucionales y se le solicitó la derogación de la Resolución, único modo de acabar con el asesinato de personas por nacer en la provincia.

Se le puntualizó también que el Protocolo bonaerense va mucho más allá del fallo en el que se intenta fundar, ya que, además de todos los casos de violación, contempla a aquellos en los que existe peligro para la vida o para la salud (física, psíquica o social) de la gestante; lo que en la práctica equivale a la legalización irrestricta del aborto.

¿Abortorios móviles o aborteros móviles?

Consultada "Marisa Matia, coordinadora del Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable de la provincia de Buenos Aires, explicó que no se trata de 'hospitales móviles' que se trasladan -tal como se dijo- sino de equipos de profesionales preparados para intervenir en casos controversiales". (Notas, 13/08/2014).

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EL MINISTRO COLLIA SE REUNIÓ CON ORGANIZACIONES PROVIDA

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EL MINISTRO COLLIA SE REUNIÓ CON ORGANIZACIONES PROVIDA

El encuentro tuvo lugar ayer en la Casa de la Provincia de Buenos Aires a la que el Ministro de Salud Alejandro Collia, concurrió acompañado por el Director Provincial de Culto Enrique Moltoni.

Collia, que comenzó diciendo que es católico y está en contra del aborto, desmintió la creación de hospitales móviles para abortar.

La mejor prueba de nuestra postura la tienen en el caso de Moreno, repetía Collia, "nosotros no lo matamos, lo mataron en la Ciudad de Buenos Aires".

Tras esa breve exposición inicial, referentes del movimiento provida le plantearon al Ministro de Salud provincial que el problema no radica en los móviles, que hubieran sido sólo un agravante de la situación, sino en la Resolución 3146/2012 que dictó, implementando el "Protocolo de Atención Integral de los Abortos No Punibles".

Collia replicó que él debía cumplir con el Fallo de la CSJN, se le explicó fundadamente que tanto el Protocolo bonaerense como el inicuo pronunciamiento de la Corte (que no obliga al Gobierno provincial) son inconstitucionales y se le solicitó la derogación de la Resolución, único modo de acabar con el asesinato de personas por nacer en la provincia.

Se le puntualizó también que el Protocolo bonaerense va mucho más allá del fallo en el que se intenta fundar, ya que, además de todos los casos de violación, contempla a aquellos en los que existe peligro para la vida o para la salud (física, psíquica o social) de la gestante; lo que en la práctica equivale a la legalización irrestricta del aborto.

¿Abortorios móviles o aborteros móviles?

Consultada "Marisa Matia, coordinadora del Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable de la provincia de Buenos Aires, explicó que no se trata de 'hospitales móviles' que se trasladan -tal como se dijo- sino de equipos de profesionales preparados para intervenir en casos controversiales". (Notas, 13/08/2014).

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lunes, 11 de agosto de 2014

LA ACADEMIA DEL PLATA SOBRE EL MÓVIL DE LA MUERTE

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NOTIVIDA, Año XIV, Nº 938, 11 de agosto de 2014

LA ACADEMIA DEL PLATA SOBRE EL MÓVIL DE LA MUERTE

La Academia del Plata emitió hoy una declaración en la que recuerda que el "Protocolo de Atención Integral de los Abortos No Punibles" de la provincia de Buenos Aires, implementado por mera resolución ministerial, vulnera normas provinciales, federales, "las tácitamente derogadas excusas absolutorias previstas en el artículo 86 del Código Penal" y la Constitución Nacional. 

Añaden los académicos que la inspiración homicida de esa Resolución "aparece ahora agravada al extremo ante el anuncio formulado por el mismo Ministro de Salud Doctor Alejandro Collia, el 4 de agosto ppdo., en el sentido de que se había resuelto crear una unidad móvil para la realización de abortos en toda la provincia cuando los médicos de cualquier establecimiento se opongan al aborto y consecuente asesinato del niño por nacer fundados en su juramento hipocrático y en el derecho a la objeción de conciencia".

Exhortan finalmente al Gobernador Scioli y al Ministro Collia a dejar sin efecto esas medidas.

A continuación el texto completo de la Declaración:

DECLARACIÓN PÚBLICA DE LA ACADEMIA DEL PLATA

ANTE UNA NUEVA AGRESIÓN CONTRA LA VIDA INOCENTE

            El 18 de julio de 2012 el Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires dictó la Resolución n° 3146 que, en la práctica, despenalizó el aborto provocado, vulnerando así la ley provincial 13.298 que asegura la "protección integral de los niños" desde el instante de la fecundación, y el art. 12 inc. 1° de la Constitución local cuyo texto declara que todas las personas gozan del derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural. Otorgan sólido sustento normativo a tales ordenamientos provinciales, disposiciones de carácter federal como la Convención sobre Derechos del Niño y la ley nacional 26.061 que reconocen que la vida de todo niño, desde la concepción, debe ser protegida de modo absoluto, sin excepción alguna.

El derecho a matar niños inocentes, que en la Provincia de Buenos Aires se intenta fundar en las tácitamente derogadas excusas absolutorias previstas en el artículo 86 del Código Penal, ampliándolas con singular audacia, no existe en el ordenamiento jurídico argentino, resultando aberrante que se lo intente reconocer y regular a través de una resolución ministerial. No sirve, tampoco, de justificación a tamaña extralimitación jurídica y moral de las autoridades provinciales, la doctrina del fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el 13 de marzo de 2012, en el que claramente se violaron, entre otras, las citadas normas federales y el texto del art., 86 del Código Penal tal como surge del dictamen de la Comisión de Códigos del Senado, expedido el 26 de septiembre de 1919, pretendiendo el alto tribunal asumir la condición de supremo legislador.

La inspiración homicida de la Resolución ministerial 3146/12 aparece ahora agravada al extremo ante el anuncio formulado por el mismo Ministro de Salud Doctor Alejandro Collia, el 4 de agosto ppdo., en el sentido de que se había resuelto crear una unidad móvil para la realización de abortos en toda la provincia cuando los médicos de cualquier establecimiento se opongan al aborto y consecuente asesinato del niño por nacer fundados en su juramento hipocrático y en el derecho a la objeción de conciencia.

            Ante tan deplorable menosprecio de la vida inocente, la Academia del Plata que, desde su fundación en 1879, ha defendido con empeño el derecho a nacer de todo niño que se encuentre en cualquier etapa del embarazo, exhorta al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, y al Señor Ministro de Salud, a que dejen sin efecto las medidas que hemos censurado en esta declaración.

Eduardo Martín Quintana, Presidente

Maria Lukac de Stier, Secretaria

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