lunes, 24 de junio de 2013

RED FEDERAL DE FAMILIAS: DECLARACIÓN DE CÓRDOBA

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 NOTIVIDA, Año XIII, Nº 887, 24 de junio de 2013

RED FEDERAL DE FAMILIAS: DECLARACIÓN DE CÓRDOBA

Al cierre de su tercer Congreso anual consecutivo, la Red Federal de Familias reafirmó los principios enunciados en Mendoza (2011) y Salta (2012), y señaló "la subsistencia y el agravamiento de la situación, que afecta la vigencia de esos principios en nuestra Patria".

Entre la amplia gama de acciones, originadas en los diversos órganos del Estado, que apuntan a conculcar esos valores y principios destacó: las leyes nacionales sancionadas desde el último Congreso de la organización ("identidad de género", eutanasia pasiva, "femicidio" y fecundación artificial), "las distintas disposiciones legales o administrativas que, en el orden provincial, se dictaron con la intención de hacer efectivas las impropias mandas del inicuo fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 13 de marzo de 2012", el proyecto de reforma del Código Civil y, en general, "todos los intentos –públicos y privados– de introducir en las costumbres y en la jerarquía de valores de las futuras generaciones de nuestra Patria una concepción materialista y hedonista de la vida, puesta al servicio de la satisfacción egoísta de los caprichos del individuo, en olvido del Bien Común de la sociedad a la que pertenece y de su destino trascendente".

La Red -con presencia en 21 distritos del país- renovó finalmente el compromiso de "poner como centro y fundamento de todo su accionar a la familia, sus necesidades y sus sueños, en la firme convicción de que defender la vida y la familia, su dignidad, su naturaleza y sus derechos, es defender la Nación".

Durante el acto de clausura se distinguió a personas, familias e instituciones de reconocida trayectoria en la defensa y promoción de la vida y la familia, entre ellas, al Dr. Aurelio García Elorrio (Córdoba), al Dr. Luis Ravaioli (Ciudad de Buenos Aires), al Movimiento Aguas Vivas (Santiago del Estero) y a la familia Moscoso (Jujuy).

A continuación el texto completo de la Declaración:

TERCER CONGRESO NACIONAL DE LA RED FEDERAL DE FAMILIAS

DECLARACIÓN DE CÓRDOBA

Con motivo del Tercer Congreso Nacional de la Red Federal de Familias, celebrado en la ciudad de Córdoba los días 21 y 22 de junio de 2013, reafirmamos nuestro compromiso –expresado públicamente el 3 de abril de 2011, al cierre del Primer Congreso Nacional– de reconocer, difundir y promover la vigencia, en el orden social, de los siguientes principios no negociables y constitutivos del Ideario y la finalidad de la Red: a) el respeto y la protección de la vida humana en todas las etapas de su desarrollo, desde la concepción y hasta la muerte natural; b) la estructura natural de la familia fundada en el matrimonio de un varón y una mujer, abierto a la transmisión de la vida; c) el derecho y deber originarios de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas; y d) la procura y promoción del Bien Común como deber de gobernantes y gobernados.

En consecuencia y ante la subsistencia y el agravamiento de la situación, que afecta la vigencia de esos principios en nuestra Patria, declaramos:

Que la sacralidad, inviolabilidad e intangibilidad de la vida humana, desde la concepción y hasta la muerte natural, la dignidad de la persona, todo el orden natural de la familia (conyugal, procreacional y educativo) y un recto cuidado del Bien Común enraizado en la justicia, se encuentran seriamente comprometidas por diversas medidas legislativas, administrativas y judiciales adoptadas hasta ahora y desde el cierre del Segundo Congreso Nacional, el 1° de abril de 2012.

Entre ellas destacamos:

1º) La sanción, en mayo de 2012, de la ley 26.742, mal llamada "de muerte digna" que, so pretexto de impedir el encarnizamiento terapéutico e invocando el principio de la autonomía de la voluntad, introduce la eutanasia pasiva, mediante la privación del suministro de alimentos y agua al paciente.

            Esta ley viola, entre otros, el principio de la sacralidad e intangibilidad de la vida y abre la puerta a la aceptación lisa y llana de cualquier tipo de eutanasia.

            La consagración del principio de la autonomía de la voluntad que, entre otros proyectos o pronunciamientos judiciales, esta ley propugna como regla determinante del obrar ético y jurídico, tiende a someter todo el ordenamiento social y la norma del obrar humano al capricho particular de los individuos que integran el tejido social, en detrimento del bien común objetivo y fundado en principios permanentes y trascendentes.

2º) La ley de identidad de género, sancionada en mayo del año pasado, es otro de los hitos en el camino de la destrucción del orden social, al someter la identidad de las personas a su mero capricho. Esta ley que, artificiosamente, permite convertirse, por el solo antojo de la voluntad y la invocación de una autopercepción subjetiva de su sexualidad, a un varón en mujer o viceversa, afecta gravemente todo el espectro de las relaciones entre las personas, especialmente en lo relativo a su identidad natural y propia, lo que ciertamente repercute en muchos campos pero, principalmente, en el de la institución matrimonial y en el de la filiación.

            Como ya dijimos en Salta, al criticar su proyecto, dicha ley de "identidad de género autopercibida", no sólo es gravemente atentatoria al principio de identidad sino que, al borrar legalmente las diferencias biológicas entre el varón y la mujer, introduce una confusión más, si aún es posible, en los conceptos de familia, paternidad y maternidad, filiación, relaciones parentales, etc.

3º) La reciente sanción, a principios de este mes de junio, de la ley n° 26.862, de fecundación artificial, a la vez que violenta otros principios cardinales, afecta directamente el de la sacralidad e intangibilidad de la vida desde el momento de la concepción, puesto que permite, sin limitación alguna, la producción de más de un embrión, lo que pone en riesgo cierto e inminente la vida humana de los embriones no implantados en el útero de una mujer y, por ello, pasibles de descarte y destrucción.

            Se afecta el derecho a la identidad respecto de los niños nacidos como resultado de esa "producción", con todo lo que ello implica, ya que se admite la fecundación del óvulo mediante donación anónima de gametos.

            Y, entre otras cosas, se conculca la dignidad de los embriones no implantados que no sólo quedan en riesgo de muerte sino de ser utilizados para todo tipo de manipulación pseudo científica o comercial.

            La ley, sancionada bajo el argumento sensible de permitir acceder a la paternidad-maternidad a quienes por razones naturales de diversa índole no les ha sido posible alcanzarla y al admitir y regular la procreación fuera de la relación natural e íntima entre un varón y una mujer, conculca otros principios básicos en los que se asientan las instituciones del matrimonio y de la familia y se convierte en un fuerte atentado contra ellas.

            Sostenemos nuevamente que la vida es un don, que no existe propiamente el derecho al hijo y que, de modo alguno, éste puede ser el producto de prácticas de laboratorio, sin perjuicio de la indiscutible condición y consiguiente dignidad humana de quien de ellas resulte.

4º) La incorporación del femicidio introduce una injusta discriminación al penar con mayor gravedad el delito cometido por un varón en perjuicio de una mujer, por la sola condición femenina de la víctima, agravante que responde al patrón hombre-maltratador/mujer-víctima y a la oposición ideológica y dialéctica que ello implica.

            También avasalla el principio de igualdad ante la ley cuando incluye, entre las agravantes de los delitos realizados por odio, el odio de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión, con lo que es más grave matar a un gay que a un varón heterosexual por otro tipo de odio, por ejemplo, porque se lo odia por ser anciano, discapacitado o hincha de un determinado equipo de fútbol.

            Y banaliza el matrimonio al incluir, entre los vínculos por los cuales se agrava la pena por homicidio (ascendiente, descendiente y cónyuge), a las relaciones de pareja, con o sin convivencia.

5º) Las distintas disposiciones legales o administrativas que, en el orden provincial, se dictaron con la intención de hacer efectivas las impropias mandas del inicuo fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 13 de marzo de 2012, que abrió las puertas al aborto y creó una categoría especial de personas sin derecho a la vida, merecen también una especial mención en este no exhaustivo enunciado de los actos gravemente atentatorios del orden familiar y de la sacralidad de la vida humana desde la concepción.

            En este punto queremos dejar sentado que la oposición valiente y sabia de obstáculos al progreso de estas iniciativas, por parte de instituciones y personas comprometidas con esos principios, tuvo como resultado que en algunas provincias esos proyectos de institucionalizar por medios legales o administrativos los llamados "protocolos de la muerte" que implicaban, de modos más o menos amplios, la incorporación del aborto libre e indiscriminado, no ya como un crimen no punible sino como un derecho, fueran rechazados.

            Entre tales acciones queremos señalar especialmente la acción emprendida por nuestros anfitriones cordobeses, y concretamente por el Portal de Belén, mediante el recurso de amparo contra la "Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible" implementada por la Resolución N° 93 del Ministerio de Salud provincial, el 30 de marzo de 2012 y el fallo ejemplar de la Cámara Tercera en lo Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba, integrada por los Dres. Julio Fontaine, Guillermo Barrera Buteler y Beatriz Mansilla de Mosquera, que la declaró inconstitucional.

6º)  Por último, reiterando textualmente lo ya dicho en la Declaración de Salta, y sin que con esto pretendamos agotar el inventario de los desafíos que nos propone este tiempo, no queremos dejar de señalar, como ataques a la vida y a la integridad familiar y al bien común de nuestra sociedad política, a las leyes, proyectos, planes y campañas, en el orden nacional, provincial y municipal, de salud sexual y reproductiva, de control de la natalidad, de injerencia del Estado en la vida familiar y en la educación de los hijos y, en general, a todos los intentos –públicos y privados– de introducir en las costumbres y en la jerarquía de valores de las futuras generaciones de nuestra Patria una concepción materialista y hedonista de la vida, puesta al servicio de la satisfacción egoísta de los caprichos del individuo, en olvido del Bien Común de la sociedad a la que pertenece y de su destino trascendente.

Ante ello, hoy como ayer, la Red Federal de Familias se obliga a poner como centro y fundamento de todo su accionar a la familia, sus necesidades y sus sueños, en la firme convicción de que defender la vida y la familia, su dignidad, su naturaleza y sus derechos, es defender la Nación. Creemos que la Providencia, a través de las circunstancias de nuestro tiempo y de la realidad social y política de nuestra Patria, nos pone frente al urgente e ineludible compromiso de dar testimonio y empeñar nuestro esfuerzo.

Con la ayuda de Dios, todo es posible.

Dado en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, el día 22 de junio de 2013.

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NOTIVIDA, Año XIII, Nº 887, 24 de junio de 2013

Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja

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viernes, 21 de junio de 2013

¿El celibato me hace asexual?

•Publicado por Catolicos Hispanos el junio 20, 2013 a las 7:51pm Objetivo: comprender que la vivencia del celibato implica un proceso de autoconocimiento y acompañamiento. El seminario es una etapa en la que se viven distintas experiencias formativas, todo con el fin de que el joven pueda ir alcanzando una mayor madurez afectiva, sexual, intelectual, entre otras; y adquiera así una adaptación a la vida como futuro sacerdote. En el caso de la afectividad y la sexualidad, hay una especial dificultad porque el seminario suele coincidir con la etapa adolescente, en la que todavía se carece de un conocimiento profundo de sí mismo. ¿Qué pasa cuando el seminarista se da cuenta de que se siente muy atraído, por ejemplo, hacia una chica que conoció en la pastoral? ¿Qué hacer? ¿Significa que no tiene vocación sacerdotal? Cuando un joven decide entrar al seminario, sabe que esta decisión implica renuncias y cambios en su vida, sin embargo, se embarca en esta travesía porque tiene un sentido, un fin que es trascedente. Puede suceder que durante su vida en el seminario se presenten distintas crisis, momentos más o menos difíciles. Estas situaciones son, inclusive, parte del proceso formativo, tal vez hasta necesarias para que pueda ir madurando y ser cada vez más libre para vivir su opción vocacional. ¿Qué sucede, por ejemplo, cuando el celibato se ve de manera idealizada o como una característica angelical, en la cual para vivirla hay que dejar de sentir el impulso o la atracción sexuales? En este caso, sería muy difícil comprender cómo es posible seguir sintiendo atracción por las mujeres y vivir el celibato. Parecerían dos aspectos irreconciliables. Es una confusión común, la cual puede motivar incluso, al abandono de la formación. Lo que habría que resignificar en este caso es el celibato mismo. A continuación algunas ideas básicas: 1.Ser célibe no significa ser asexual. Cuando se entra al seminario, la evolución psico-afectiva-sexual continúa. Decidir optar por el celibato no equivale a eliminar el aspecto sexual del desarrollo, de tal manera que se tendrán las mismas dificultades que cualquier otro joven de la misma edad. En este sentido, los fenómenos fisiológicos seguirán estando presentes, tales como la secreción de hormonas relacionadas con el impulso sexual. 2.El desarrollo de la vida célibe implica un proceso, no es mágico, ni se da de la noche a la mañana. Este punto se desprende del anterior. Habrá que considerar que el celibato requiere una formación y es lógico que se pase por momentos de confusión o crisis. Ir madurando en el aspecto afectivo-sexual, va dando los recursos para la vivencia del celibato. 3.Para vivirlo hay que trabajar y reflexionar sobre uno mismo. El celibato requiere cierto nivel de esfuerzo e, inclusive, estudio. Para ello es indispensable la introspección, buscando espacios para tener un encuentro consigo mismo. Así como la búsqueda de una comprensión más profunda del significado y sentido del celibato en la vida sacerdotal. 4.Acompañamiento. Nadie puede crecer solo. Los seres humanos fácilmente podemos autoengañarnos. Es por ello que se necesita un acompañamiento de alguien que tenga preparación y que haya recorrido el mismo camino, es decir que tenga experiencia. Los formadores son las personas más indicadas para ello, sin embargo, en algunos casos, es necesario buscar otro tipo de acompañamiento especializado como el psicológico. 5.Sinceridad. Este aspecto es la base de todo lo anterior. No se puede madurar afectiva y sexualmente si no hay sinceridad. A veces las expectativas que otros o el mismo seminarista tienen sobre sí mismos, puede ser una carga tan pesada, que haya una inhibición o falta de confianza para expresar las problemáticas o dificultades personales. La formación para vivir el celibato es un aspecto importante y para el seminarista puede resultar más fácil cuando se comprende como un proceso. Los logros que se van teniendo en el aspecto de madurez afectiva y sexual no deben ser motivo para pensar que ya no existen las debilidades o que no habrá más dificultades. El celibato no hace asexual a la persona, entonces habrá que seguir trabajando en todos los sentidos mencionados para poder vivirlo. Por J. Roberto Ávila Rangel Fuentes de consulta: 1. Sperry Len, Sexo, sacerdocio e Iglesia, Sal Terrae, España, 2004.

miércoles, 5 de junio de 2013

FECUNDACIÓN ARTIFICIAL OBTUVO SANCIÓN DEFINITIVA

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NOTIVIDA, Año XIII, Nº 886, 5 de junio de 2013

FECUNDACIÓN ARTIFICIAL OBTUVO SANCIÓN DEFINITIVA

"HIJOS PARA TODOS Y TODAS"

Tras idas y vueltas el kirchnerismo impuso su proyecto sobre fecundación artificial, que fue aprobado con 204 votos positivos y 10 abstenciones. Es una ley inicua y hubiéramos deseado que ninguno de los proyectos prospere, ni los del kirchnerismo, ni los de "la oposición" (ni el aberrante, ni el malo, ni el menos malo). Pero es interesante repasar el tratamiento legislativo porque pone de manifiesto, una vez más, cómo funciona "la escribanía" y el modo en que "la oposición" se une, y en ocasiones apura, al oficialismo cuando se ataca la vida humana y la familia.

Por Mónica del Río

Impulsado por "la oposición" -donde le cupo un rol estelar a la macrista Silvia Majdalani- el tema llegó al recinto de la cámara baja el 30 de noviembre de 2011, junto a "Identidad de Género" y Eutanasia Pasiva, que obtuvieron ese día la media sanción. No pasó lo mismo con Fecundación artificial que, por una maniobra dilatoria del kirchnerismo, fue votado en general pero no en particular, por lo tanto no quedó aprobado, el dictamen cayó y los proyectos tendrían que ser estudiados nuevamente al año siguiente.

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El 13 de junio de 2012 se convocó un plenario de las comisiones y la presidente de la Comisión de Salud, María Elena Chieno (FpV, Ctes.), apareció con un dictamen que, a poco de iniciada la reunión, comenzó a circular para la firma. El dictamen obtuvo 75 firmas, entre ellas 30 de "la oposición", particularmente de diputados del Frente Amplio y la UCR, que optaron por "pájaro en mano" con tal de "destrabar" el tema. Pocos días después ese dictamen obtuvo la media sanción.

El Senado lo aprobó con modificaciones -que introdujo el oficialismo- el 24 abril de este año, por lo que el proyecto fue girado nuevamente a Diputados. Durante esa sesión, "la oposición" acompañó –con la sola excepción de Liliana Negre y Blanca Monllau-, pero bregó para que no se hicieran modificaciones y alcance sanción definitiva. Hoy finalmente la cámara baja aprobó el proyecto modificado por el Senado.

El debate

Durante el debate se mencionó reiteradamente el seudo-derecho a ser padres, la lucha de las organizaciones que han bregado por la ley -a la que se atribuyó la sanción de la misma- y la "inequidad" que provoca el hecho de que algunas personas no puedan acceder al tratamiento por falta de recursos económicos.

Los kirchneristas se dedicaron a ensalzar "las políticas de inclusión" de la presidente, haciendo reiteradas alusiones al "matrimonio igualitario"; destacando, incluso, que el "paradigma hegemónico de la familia tradicional cambió en la década ganada" (Silvina García Larraburu, FpV-Río Negro).

La correntina Aracely Ferreira (FpV) afirmó que "con ésta ley se dejan de lado prejuicios oscurantistas, una suerte de fetichismo dogmático" que profesan "personas atrasadas" que piensan que la vida comienza con la concepción.  Se quejó de que su provincia haya sido declarada ProVida. 

Juliana Di Tullio (flamante presidente del bloque oficialista) dijo que Cristina Kirchner es la "presidenta de los derechos", las parejas homosexuales podrán acceder a la técnica, los hijos van a poder vivir con la "identidad de género" con la que se "autoperciban" y las mujeres que por la técnica queden embarazadas cobrarán la Asignación universal por hijo.

Los radicales hicieron hincapié en que este tema avanzó durante la presidencia de Raúl Alfonsín y destacaron que los primeros proyectos, en ambas cámaras, fueron presentados por ellos. El presidente del bloque, Ricardo Gil Lavedra, lamentó la demora en la sanción.

El macrista Jorge Triaca volvió a contar su historia personal, solicitando que en la asignación de recursos se prioricen situaciones como la suya donde existen escollos biológicos. Su compañera de bloque Silvia Majdalani, la gran impulsora del proyecto, se tituló "católica, apostólica y romana" y afirmó que ésta es una ley provida y profamilia. También se definió "católica" Sandra Mendoza (FpV, Chaco) que celebró que a partir de esto haya "vida y familia para todos y todas". El salteño Alfredo Olmedo lo festejó como un "rotundo sí a la vida".   

Jorge Cardelli (Proyecto Sur, Cap.Fed.): ponderó "la laicidad", encuadró la ley en el camino del divorcio, el "matrimonio igualitario" y la "identidad de género"; y recordó que falta aborto.

Federico Pinedo aclaró que los macristas que se iban a abstener no lo hacían por estar en contra sino porque tenían un dictamen propio. También manifestó su acuerdo Gustavo Ferrari (Frente Peronista) que aseguró que en este tema no hay oficialismo y oposición: "se derriban las barreras ideológicas".

Presentaron reparos durante su discurso la riojana Inés Brizuela y Doria (UCR) y la puntana Ivana Bianchi (Frente Peronista). La primera porque el consentimiento se puede revocar hasta el momento de la implantación, la segunda por la cantidad de embriones que van a morir con una ley que no pone límites ni prohíbe la criopreservación.

El proyecto

El objeto del proyecto sancionado es garantizar el acceso integral a los tratamientos médico-asistenciales de Reproducción Médicamente Asistida, que comprenden las técnicas de baja a alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones (arts. 1º y 2º).

Según al art. 6º: "El Ministerio de Salud de la Nación, sin perjuicio de sus funciones como autoridad de aplicación y para llevar a cabo el objeto de la presente, deberá: a) Arbitrar las medidas necesarias para asegurar el derecho al acceso igualitario de todos los beneficiarios a las prácticas normadas por la presente,  b)  Publicar  la lista de centros de referencia públicos y privados habilitados, distribuidos en todo el territorio nacional, con miras a facilitar el acceso de la población a las mismas; c ) Efectuar campañas de información a fin de promover los cuidados de la fertilidad en mujeres y en varones. d) Propiciar la capacitación y formación continua de recursos humanos especializados en los procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida". El último inciso fue incorporado en el Senado al igual que el art. 9º que especifica: "a los fines de garantizar el cumplimiento de la presente ley el Ministerio de Salud de la Nación deberá proveer anualmente la correspondiente asignación presupuestaria".

Toda persona mayor de edad -sin exclusiones por orientación sexual o estado civil- podrá acceder a la técnica, tras prestar consentimiento informado. El consentimiento es revocable hasta antes de producirse la implantación del embrión en la mujer (arts. 7º y 8º).

Incorpora las técnicas en el PMO. Serán de prestación obligatoria con cobertura integral en todos los servicios médicos asistenciales (art. 8 º). No contempla ni la objeción de conciencia del personal de la salud, ni los idearios institucionales.

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NOTIVIDA, Año XIII, Nº 886, 5 de junio de 2013

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