miércoles, 13 de junio de 2012

TRAS EL FALLO DE LA CORTE COMIENZAN LOS CASOS FABRICADOS

NOTIVIDA, Año XII, Nº 835, 13 de junio de 2012

TRAS EL FALLO DE LA CORTE COMIENZAN LOS CASOS FABRICADOS

Días atrás, una adolescente de 16 años amparada por sus padres, solicitó que le practicaran un aborto en el Hospital de El Calafate, Santa Cruz, donde vive. El embarazo que cursa era, supuestamente, producto de una violación. La secretaria de Desarrollo Social del Municipio, Norma Costa, acompañó a la joven y a su familia en el reclamo.

Los médicos del Hospital se negaron a practicar el aborto y la oficina de Protección a la Niñez y Adolescencia del Municipio hizo una presentación para evitar que el caso se judicialice. El juez de instrucción penal Carlos Narvete, haciéndose eco del pronunciamiento de la Corte en el caso "F., A. s/ medida autosatisfactiva", desestimó la judicialización y exhortó al director del hospital local y al ministro provincial de Salud, Daniel Peralta, "a hacer operativo en forma urgente el protocolo hospitalario para la concreta atención de los abortos no punibles", enmarcando en ellos el caso de la joven.

Se supo después que los padres de la menor retiraron el pedido de aborto, aduciendo que tenían que viajar a Bolivia por la grave enfermedad de un familiar; pero, según informó ayer Ahora Calafate, el motivo fue otro

Previo a la renuncia, la adolescente tuvo una entrevista con una psicóloga del juzgado de instrucción penal. Se hizo una "cámara Gesell" y al final de la misma, la joven admitió que nunca existió la violación, habría tenido una relación consentida, con un adulto del entorno familiar, con el que no tiene lazos de sangre.

Los funcionarios judiciales le contaron a los padres la verdadera historia, advirtiéndoles que el caso no encuadraba en los llamados "abortos no punibles", por lo que la práctica configuraría delito. Los padres renunciaron a la solicitud y viajaron a Bolivia.

El caso sirve para reflexionar acerca de la ligereza con que, con la sola presentación de una simple declaración jurada y la invocación del inicuo pronunciamiento de la Corte, se puede matar en la Argentina.

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NOTIVIDA, Año XII, Nº 835, 13 de junio de 2012

Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja

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